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México,
DF, a 13 de abril de 2005
COMUNICADO
DE PRENSA
GPPRD
PRESENTACIÓN DE DENUNCIA PENAL EN CONTRA DE DOLORES CREEL MIRANDA,
EX FUNCIONARIA DEL GABINETE DEL PRESIDENTE VICENTE FOX QUEZADA
Las
diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática aquí presentes, venimos
a denunciar hechos presuntamente constitutivos de delito cometidos por
DOLORES CREEL MIRANDA, extitular de la desaparecida Unidad de Proyectos
Especiales (UPX) del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA),
Durante la administración de la hermana del Secretario de Gobernación
al frente de la Coordinación de la Unidad de Proyectos Especiales,
se realizaron diversos gastos irregulares para varios proyectos (entre
otros, el tristemente célebre Homenaje a Octavio Paz, del cual
–por cierto-, no existen copias ni originales en el CONACULTA)
que representan una cantidad de alrededor de 2 millones de pesos.
Estos gastos -que no contaron con la autorización de la presidenta
de CONACULTA-, se utilizaron haciendo uso de la influencia familiar
con el titular de la Secretaría de Gobernación. La manera
de utilizar de estos recursos y el modus operandi de la ex funcionaria
representa una afrenta para nuestras instituciones y también
en contra de la comunidad cultural.
El Auditor Superior de la Federación consideró -en el
Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior
de la Cuenta Pública 2003-, revisar las erogaciones efectuadas
por la Unidad de Proyectos Especiales adscrita al CONACULTA, por el
ejercicio fiscal de 2003.
En el reporte de la ASF se encuentra, entre otras, las siguientes irregularidades:
- “Podrían desprenderse responsabilidades administrativas
o penales, por daño patrimonial en perjuicio de la Hacienda Pública
por un monto de $633,300.00 pesos”.
- ∑La Señora Dolores Creel Miranda, hermana del Secretario
de Gobernación, fungió como Coordinadora de la Unidad
de Proyectos Especiales (UPX o CUPE) hasta el año 2004; siendo
titular de ésta dependencia se auto contrató para realizar
la película Homenaje a Octavio Paz y ejerció de manera
discrecional el presupuesto de dicha dependencia para este y otros proyectos.
- Según resultados de la auditoría, CONACULTA modificó
-de manera irregular-, sin dictamen y sin justificación, la estructura
orgánica que había aprobado la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público en el año 2000, para crear la
CUPE a la señora Dolores Creel y desaparecerla en mayo de 2004
a la salida de la funcionaria.
- Del presupuesto originalmente asignado a su coordinación, que
sumaba la cantidad de 18.05 millones de pesos, lo rebasó por
192 mil pesos, mismos que jamás justificó, y deja a su
salida erogaciones pendientes de pago (deuda) por 464 mil,900 pesos,
siendo ilegal que se contraiga deuda para un ejercicio presupuestal
posterior al año corriente.
- El citado proyecto no contó con el concurso ni autorización
de las dependencias de CONACULTA -como la Secretaría B de dicha
institución.
- se dispuso discrecionalmente de los recursos de esta institución
federal, a beneficio de un particular.
- Cabe mencionar que otra parte de los recursos se aplicaron en viajes,
como parece ser costumbre en esta institución cultural. Estos
recursos se otorgaron en temporada vacacional de fin de año y
se ampliaron, posteriormente, por más de un mes.
- Las vacaciones personales fueron financiadas con recursos públicos,
lo cual constituye un delito.
- Se pagaron 250,000 pesos por el hospedaje para una persona en la ciudad
de Nueva York. -, no se cumplió con la normatividad vigente que
establece que deben presentarse al menos tres cotizaciones y optar por
la de menor precio.
- En las instalaciones del Centro Nacional de las Artes ni en las del
propio CONACULTA, se encuentran las 40 horas grabadas para el documental
Homenaje a Octavio Paz, según difundió la señora
Creel.
Con base en lo anterior, la Auditoría superior de la Federación
deberá configurar las conductas descritas en su informe, con
base en los elementos siguientes:
a) La señora DOLORES CREEL MIRANDA, en el momento
de los hechos denunciados, era servidor público, debido a que
se desempañaba como la titular de la UPX. Por lo tanto, comete
el delito de abuso de autoridad los servidores públicos.
b) En el ejercicio de sus funciones, como titular de
la UPX, otorgó contrato de prestación de servicios para
realizar el film en homenaje a Octavio Paz.
c) El contrato de prestación de servicios consistió
en la preproducción, producción y trabajo terminado el
film en homenaje a Octavio Paz. ¿Dónde y quién
tiene este material?
d) El contrato referido fue pactado en la cantidad
de 117.9 miles de pesos. Por lo tanto, exigimos que sean remunerados.
e) La señora DOLORES CREEL MIRANDA tenía
pleno conocimiento de que la prestación de servicios no sería
prestado, o no se cumplirá el contrato otorgad.
f) Asimismo, la señora DOLORES CREEL MIRANDA
en ejercicio de sus funciones, como titular de la UPX, para realizar
el film en homenaje a Octavio Paz, rentó dos cámaras por
211.6 miles de pesos sin que se presentara el material videográfico
que se generó con estos equipos, inclusive, para el film se dispuso
de 270 videocasetes, de los cuales 16 fueron utilizados, se hizo la
devolución de 214 a la videoteca y de 40 videocasetes con un
costo de 1.7 miles de pesos el CONACULTA no presentó evidencia
de que estos se utilizaron para el objeto que fueron adquiridos. Por
lo tanto, Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
g) De igual forma, la señora DOLORES CREEL MIRANDA,
como resultado de la revisión practicada por el Auditor Superior
de la Federación, realizó un presunto daño al patrimonio
de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 633,361.50, correspondiente
a las irregularidades determinadas en el ejercicio de los recursos que
se destinaron para la realización del film en homenaje a Octavio
Paz en la India. Por lo tanto, comete el delito de uso indebido de atribuciones
y facultades.
h) Por otra parte, la señora DOLORES CREEL MIRANDA,
cubrió 105.7 miles de pesos correspondientes al costo de los
boletos de avión para tres personas que no tienen el carácter
de servidores públicos, sin la autorización de la titular
del CONACULTA como lo establecen los Lineamientos para el Otorgamiento
y Comprobación de Viáticos y Pasajes Nacionales e Internacionales.
Por lo tanto comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
i) La señora DOLORES CREEL MIRANDA en ejercicio
de sus funciones, como titular de la UPX. otorgó viáticos
a tres personas que no son servidores públicos por 196.4 miles
de pesos (17,595 dólares al tipo de cambio de 11.1643), debido
a que se trata de trabajos que no pueden ser desarrollados por un servidor
público del CONACULTA; sin obtener la autorización de
la titular del organismo, en infracción del numeral 1.2 de los
Lineamientos ya citados. Por lo tanto, comete el delito de uso indebido
de atribuciones y facultades.
j) La señora DOLORES CREEL MIRANDA, para realizar
el film en homenaje a Octavio Paz, rentó dos cámaras de
video por 211.6 miles de pesos; sin presentar el material que se filmó
con estas cámaras. Por lo tanto, comete el delito de uso indebido
de atribuciones y facultades. Cito: El servidor público que teniendo
a su cargo fondos públicos, les dé a sabiendas, una aplicación
pública distinta de aquella a que estuvieren destinados o hiciere
un pago ilegal)
k) A la señora DOLORES CREEL MIRANDA se le otorgaron
248.2 miles de pesos en efectivo el día 5 de diciembre del 2003,
de los cuales 117.9 miles de pesos se destinaron al pago de honorarios
del prestador de servicios, el cual se realizó el 30 de diciembre
de 2003, a pesar de que en su contrato se estipuló que el pago
se realizaría previa entrega de los trabajos terminados, situación
que no se acreditó, por lo que se contravino lo establecido en
los artículos 44, fracciones I y III del Reglamento de la Ley
de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 51 de
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
y la Cláusula segunda del contrato del prestador de servicios.
Por lo tanto, cometen el delito de abuso de autoridad los servidores
públicos que incurran en alguna de las conductas siguientes,
cito: Cuando en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas,
otorgue contratos de prestación de servicios profesionales o
mercantiles, que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará
el servicio para el que se les nombró, o no se cumplirá
el contrato otorgado.
l) La señora DOLORES CREEL MIRANDA requirió
el 8 de diciembre de 2003 a la Videoteca 140 videocasetes, de los cuales
efectuó la devolución de 66 DVCAM40 y 34 DVCAM 64 mediante
el comprobante de ingreso con número de folio 283, de fecha 2
de febrero de 2004. Adicionalmente, adquirió 130 videocasetes
el 17 y 19 de diciembre de 2003 a Corporación Siman Tov, S.A
de C.V., por 86.5 miles de pesos; de los cuales realizó la devolución
de 83, mediante los comprobantes de ingreso con números de folio
279, 283 y 002, de fechas 26 de enero, 2 de febrero de 2004 y 10 de
diciembre de 2004. Así, como se aprecia, dispuso de 270 videocasetes
para la realización del homenaje a Octavio Paz en la India, no
obstante sólo utilizó 16, esta situación denota
deficiencias en la planeación de las adquisiciones y no se cumplió
con las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.
m) Es importante señalar que en el acta de entrega
recepción, la ex titular de la Unidad de Proyectos Especiales
manifiesta que entrega 12 videocasetes con 40 horas de grabaciones;
sin embargo, al realizar la verificación, se determinó
que las imágenes grabadas en ellos corresponden a 24 horas.
Por
otra parte, no se presentaron 40 videocasetes, por lo que no se cuenta
con evidencia de que fueron utilizados para el objeto que fueron adquiridos
o se les dio otro destino. Esto es, adquirir bienes en exceso que no
se utilizaron, por la diferencia entre las horas de filmación
manifestadas en la acta de entrega y las que realmente están
contenidas en los videocasetes, y por la falta de acreditación
del uso de 40 videocasetes. Por lo tanto, comete el delito de uso indebido
de atribuciones y facultades.Por lo anterior, con las conductas descritas,
la señora DOLORES CREEL MIRANDA, realizó actividades que
son constitutivas de delito, esperamos que la ley se aplique parejo
para todos y todas, como lo ha afirmado de manera reiterada el Secretario
de Gobernación. Es aquí donde quedará evidenciado
el manejo discrecional del aparato gubernamental y de las instituciones
de la República.
Se verá si es falso lo evidente: que las autoridades federales
mantienen un doble discurso sobre el Estado de Derecho: aplican el sistema
judicial en contra de sus adversarios políticos, pero exculpan
a funcionarios de su gobierno y a familiares del gabinetazo de sus actos
de corrupción. Exigimos que se aplique la ley y, que en el momento
procesal oportuno, se ejerza la acción penal que en derecho proceda,
sin consideración alguna por la jerarquía que actualmente
ocupa el hermano de la señora Dolores Creel, el Secretario de
Gobernación. Gracias.
Dip. Inti Muñoz Santini,
Dip. Martha Lucía Micher Camarena,
Dip. Marbella Casanova Calam.
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